Chubut no cerró la puerta a la minería, pero aún no sabe si la abre

 

Por Raúl Figueroa) La Legislatura de Chubut resolvió en la sesión del jueves 6 de mayo el rechazo al proyecto de Iniciativa Popular, que prohibía definitivamente la actividad minera en la provincia. Por una ajustada mayoría de 13 votos contra 12, los legisladores decidieron rechazar el proyecto que impulsaron asambleas “por el No a la mina”. ¿En qué consiste el proyecto de zonificación que todavía está pendiente de tratamiento? 
Para entender por qué los legisladores chubutenses debieron “arremangarse” para tratar un tema que los incomoda, ya que hasta el momento han optado por evitar el debate, hay que remitirse a la normativa que reglamenta los procedimientos de Iniciativa Popular dispuestos por la Constitución de Chubut. Esta, en su artículo 263, establece:
“Mediante iniciativa popular, todo grupo de ciudadanos de la Provincia en un porcentaje no inferior al tres por ciento del padrón electoral, puede presentar proyectos de ley para el tratamiento en la Legislatura. Esta debe considerarlo en el término de seis meses contados a partir de su presentación”.
En este caso, la presentación cumplió con el aval exigido, superando las 30.000 firmas de apoyo (muy por encima del 3% del padrón electoral), mientras que la fecha de presentación formal fue el 23 de noviembre último, de allí que el 23 de mayo vencían los seis meses exigidos para el tratamiento. Según la reglamentación del artículo constitucional, los legisladores sólo pueden expresarse a favor o en contra del proyecto, pero sin modificar ni alterar su espíritu original.
Si bien se especulaba que la definición se adoptaría en el límite de tiempo, en alguna de las sesiones previstas para el 18 y 20 de mayo próximo, la comisión de Recursos Naturales emitió dictamen por mayoría el miércoles 5, aconsejando el rechazo del proyecto, lo que fue ratificado al día siguiente, en una ajustada votación.

Diputados en apuros

De este modo, los diputados chubutenses aún tienen pendiente de tratar otro proyecto, el número 128, que es el que establece una zona de la provincia adonde sí se podría explotar la minería. A través de éste, el gobierno de Mariano Arcioni busca habilitar la actividad, bajo determinadas normas en la región definida como la meseta chubutense, con apoyo de los intendentes y jefes comunales de esa región ubicada en el noroeste provincial.
La disyuntiva política para muchos legisladores es la siguiente: una mayoría ha estado hasta aquí en desacuerdo con el proyecto del gobernador, por considerar que no ha tenido el suficiente debate y por entender que hay más margen para discutir aspectos vinculados a la distribución de la renta que genera la actividad. En algunos casos, incluso, la posición se vincula directamente al temor del cuestionamiento público por parte de los grupos opositores a la actividad.
Al mismo tiempo, muchos de quienes comparten ese posicionamiento tampoco estaban de acuerdo con la Iniciativa Popular, que hubiera significado prohibir definitivamente la actividad minera en Chubut. Por ello, con no pocas polémicas y algunas contramarchas a la hora de la votación, la Iniciativa Popular para cerrar las puertas a la actividad fue rechazada por una ajustada diferencia de sólo un voto.

A qué apuntaba la Iniciativa Popular

En su artículo segundo, el proyecto recientemente rechazado prohibía, “en todo el territorio de la provincia de Chubut, la actividad minera de sustancias metalíferas correspondientes a la primera categoría establecidos en el inciso a) del artículo 3º del Código de Minería con la utilización de cianuro, cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio mercurio, ácido sulfúrico (…)”, entre otros elementos que se encuentran contemplados en la ley nacional 24.051, de residuos peligrosos.
El artículo cuarto sumaba además la prohibición de la actividad minera para extraer “minerales nucleares tales como el uranio y el torio. Dicha prohibición regirá, asimismo, para las minas actualmente concedidas, las cuales deberán proceder al cierre y a la inmediata aplicación de las acciones de remediación, recomposición y restitución necesarios”.
La mención a la actividad nuclear hace referencia a otro de los recursos naturales de Chubut, ya que una de las principales reservas de uranio del país se encuentra en esta provincia, con una fuerte presencia de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CONEA), aunque sin actividad de explotación de ese recurso.
“Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2º de la presente ley -dice el tercero-, prohíbese en todo el territorio de Chubut toda actividad minera metalífera cuyas actividades comprendidas en el inciso b) del artículo 249 del Código de Minería, o cualquier procesamiento, sean realizadas en otra provincia o en el extranjero”.
Aunque la iniciativa ya quedó de lado, conviene repasar algunos aspectos que formaron parte de la discusión previa. El abogado constitucionalista Daniel Sabsay, reconocido a nivel nacional, llegó a opinar en medios de Chubut que el proyecto resultaba contrario a la Constitución Nacional y que de haberse aprobado hubiera implicado, por ejemplo, la obligatoriedad del cese de actividades de la planta productora de aluminio ALUAR. Además, la norma hubiera implicado el cese inmediato de algunas concesiones vigentes, que si bien no se pueden explotar, tienen permisos exploratorios, lo que podría haber deparado demandas internacionales en perjuicio del Estado chubutense.

Aspectos principales del proyecto de zonificación

A diferencia de la Iniciativa Popular, que constaba de sólo 6 artículos, el proyecto de ley 128, de Zonificación Minera, cuenta con un total de 90 artículos. Cuatro son los artículos que tienen incidencia sobre la distribución de la renta a generar por la actividad.
El artículo 46 estipula una regalía minera en el 3%, en línea con lo que estipula el Código de Minería de la Nación, mientras que el artículo 53 propone el modo de distribución de esa renta: un 80% de lo recaudado para el Estado provincial y la parte restante, a dividir entre municipios involucrados (14% a los que adhieran a la ley y un 1% para los que no adhieran; 2% para sindicatos involucrados –además de mineros, se suman camioneros y Uocra- y 1,5% para ministerios con injerencia, es decir Minería y Ambiente).
El artículo 55 crea un “Bono Compensador”, sobre el total de la producción mensual basado en el valor “Boca de Mina”. Este cargo se crea para compensar “el impacto social, ambiental y urbanístico que la actividad minera ocasiona en la región, con el objeto de garantizar el desarrollo de las generaciones futuras a partir de la inversión social, educativa y en salud”, según se lee en el texto del proyecto.
Este concepto, de renta adicional por sobre la regalía del 3%, se propone distribuir del siguiente modo: 50% para la empresa provincial Petrominera; y la mitad restante, entre el Estado provincial y municipios de la región alcanzada por la actividad.
El artículo 59 crea además un pago de “preproducción”, que originalmente se planteó como una exigencia de “llave de ingreso al yacimiento”, pero que tras las últimas modificaciones en la comisión de Recursos Naturales quedó establecido como un préstamo por parte de los concesionarios. Según quedó redactado el proyecto, estos pagos consistirían en un anticipo de entre el 3 y 5% “de la inversión estimada durante los primeros 10 años de cada proyecto, a cuenta de futuras regalías”.
Un aspecto que puede resultar polémico es la exigencia para la devolución de ese aporte: “El monto ingresado será descontado del pago de regalías en las 120 liquidaciones mensuales correspondientes a partir del décimo primer (11vo) año de producción del proyecto”, indica el texto de la norma en debate.
El artículo 62 del proyecto establece la creación de un Fondo Fiduciario de Infraestructura, a constituirse con el 3% sobre el importe total de la “Renta Operativa Industrial”, con la finalidad de financiar obras con fines educativos, sanitarios, habitacionales, hídricos, etc.
En este caso no hay plazos que urgen el tratamiento, salvo la necesidad del gobierno provincial para sumar recursos: con ingresos que se estiman en una renta adicional y generación de mano de obra en una región que no tiene hoy otras alternativas productivas, la economía chubutense fija sus propias urgencias frente a un debate que la Legislatura no podrá evitar por mucho tiempo más. Sobre todo, si no hay capacidad para generar otro tipo de opciones para solventar un Estado al que ya no le alcanza sólo con el petróleo para seguir subsistiendo.

 

 

 

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